La pandemia por covid-19 trajo nuevas dinámicas para todos; la forma de ir a la escuela o presentarse a trabajar son solo un par de ellas. Un buen porcentaje de los trabajadores tuvieron que aprender a convivir con la computadora, el internet y las aplicaciones para sumarse a la vida laboral de una forma digital, pues el home office se convirtió en un estándar de varias empresas alrededor del mundo.
El trabajo a distancia continúa regulándose. Una mujer en Cáceres, España, teletrabajadora de Atento, una transnacional enfocada al call center, demandó un subsidio a la empresa donde trabaja después de sufrir una caída en el baño de su casa. La afectada señaló el percance como un accidente laboral.
Los abogados de la empresa respondieron diciendo que no se podía considerar accidente laboral, ya que la mujer no se encontraba frente al escritorio en su casa, donde realiza el trabajo asignado, sino en otra habitación. El País informó que la mujer acudió al baño de su domicilio y al salir para retomar su tarea, tropezó en el pasillo, cayó al suelo y sufrió un traumatismo en el codo y el costado derecho.
El caso llegó hasta el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, donde el juez concedió la razón a la empleada teleoperadora, argumentado que ir al baño no se puede considerar una interrupción del trabajo. El accidente ocurrió en marzo de 2022 mientras el resolutivo se obtuvo hasta octubre del mismo año.
La obligada visita al aseo para atender una necesidad fisiológica, constante durante el desempeño de la jornada laboral, no puede enervar la presunción legal. No se trata aquí de hacer mejor condición a quien teletrabaja, al contrario, se busca evitar su desprotección.
—Juez
Esto atrae un gran beneficio a la afectada, pues en España se pueden obtener dos tipos de subsidio por la baja a razón de incapacidad: si un accidente es laboral, la baja se dará al día siguiente con una cobertura del 75 por ciento del salario, mientras que de no ser laboral, la baja iniciará al cuatro día del accidente y solo se cubrirá el 60 por ciento del sueldo, aumentado hasta el 75 por ciento, solo 21 días después de la baja.
La sentencia no es definitoria, pues la empresa aún puede utilizar el recurso de apelación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Aunque este caso marca un precedente de los derechos laborales de los teletrabajadores.
En 2021, un hombre alemán cayó por las escales mientras caminaba de su habitación hacia el lugar de su casa donde realizaba home office. El varón se lesionó y fue considerado como un accidente laboral, por lo que la póliza de seguro fue cubierta por la empresa.